Firma electrónica simple
La firma electrónica que identifica al firmante y expresa su aprobación, sin reunir los requisitos de fiabilidad que la ley exige a la avanzada.
Es el nombre de práctica para lo que el Código de Comercio llama firma electrónica: los datos en forma electrónica que identifican al firmante y expresan que aprueba el contenido de un documento. Un aceptar en un flujo interno, una rúbrica dibujada, un correo de conformidad. La ley le da los mismos efectos que a la firma autógrafa; lo que no le da es la calidad de avanzada.
Su lugar real
Sirve, y sirve mucho, donde el riesgo es bajo y la velocidad importa: aprobaciones internas, conformidades de área, pasos intermedios de un flujo. El error habitual no es usarla: es usarla donde hacía falta la avanzada, y enterarse cuando alguien objeta el documento.
Cómo se decide entre una y otra
Por consecuencia, no por comodidad. Si el documento puede terminar frente a un tercero que discuta quién lo firmó, la simple deja el asunto abierto.
Se lee mejor con
Firma
Firma electrónica avanzada
La firma electrónica ligada sólo al firmante, bajo su control exclusivo, que deja ver cualquier alteración posterior de la firma o del documento.
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